20-05-2014
Presentan proyecto para modificar artículos del Código Procesal Penal

A su vez se introduce una reforma al artículo 276 del Código Penal sobre la procedencia del careo de las víctimas de abuso o violencia familiar e interpersonal con el imputado y se adecua la terminología del proyecto de referencia “personas con capacidades restringidas” a “personas con discapacidad” como lo establece la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Al artículo 178, del mencionado código, se le agrega que nadie podrá denunciar al cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos a menos que el delito aparezca ejecutado también en perjuicio de: “personas menores de edad, personas con discapacidad o mayores de 70 años que fueran víctimas de delitos contra la integridad sexual u otro cometido en el ámbito intra familiar”. En el mismo sentido, se modifica el artículo 242, el que remite a la prohibición de declarar.
La tercera modificación es al artículo 276 del Código Procesal Penal, que nos remite al careo, como así también al momento en el que el juez puede ordenarlo, cuando determinadas personas, que en sus declaraciones hubieren discrepado sobre hechos o circunstancias importantes, o cuando lo estime de utilidad, y también puede solicitarlo el imputado, aunque no podrá ser obligado a carearse. La modificación que este proyecto propone es agregar que, cuando la víctima accede al careo, se disponga del acompañamiento interdisciplinario para su asistencia.
Según explica Mendoza, “este proyecto busca dar herramientas legales a las víctimas de abuso y violencia familiar e interpersonal para que puedan denunciar esa situación por la que están atravesando facilitando en consecuencia tanto su recuperación como el castigo a los culpables de su situación”.
Acompañan con sus firmas este proyecto impulsado por la Diputada Mayra Mendoza; Horacio Pietragalla; Mauricio Gómez Bull; Martin Pérez; Eduardo de Pedro; Marcos Cleri; Marcelo Santillán; Josefina González; Anabel Fernández Sagasti; María Luz Alonso; Andrés Larroque y Diana Conti.
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